Ellos eran la representación personal del soberano y de la Corona Española en un virreino o virreinato. Su nombramiento era una atribución que hacía el monarca. Quedo establecido que podía resolver “todo aquello que nosotros podríamos hacer y proveer”. Sus atribuciones eran cinco: políticas (gobernador); militares (capitán general); judiciales (presidente de la Real Audiencia); económicas (superintendente de la Real Hacienda) y religiosas (vicepatrono del Regio Patronato). La potestad de los virreyes se desarrollo en 2 campos fundamentales:
- La gobernación temporal
- La gobernación espiritual
El virrey era la máxima autoridad en la colonia, tanto a nivel de gobierno como de hacienda, defensa y audiencia. Eran enviados a las colonias para encargarse de los intereses de la monarquía. No debían establecer ningún vínculo matrimonial, comercial o de otro tipo con los indianos, para que no se viera influida su necesaria imparcialidad, aunque solo en pocos casos se cumple.
Si un virrey fallecía, en el ejercicio de su cargo, debía reemplazarlo la Real Audiencia con título de Real Audiencia Gobernadora.
- La gobernación espiritual
El virrey era la máxima autoridad en la colonia, tanto a nivel de gobierno como de hacienda, defensa y audiencia. Eran enviados a las colonias para encargarse de los intereses de la monarquía. No debían establecer ningún vínculo matrimonial, comercial o de otro tipo con los indianos, para que no se viera influida su necesaria imparcialidad, aunque solo en pocos casos se cumple.
Si un virrey fallecía, en el ejercicio de su cargo, debía reemplazarlo la Real Audiencia con título de Real Audiencia Gobernadora.
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